Versión 1.0 — Vigente desde: 1 de mayo de 2026
Contrato de Encargado de Tratamiento de Datos Personales
Celebrado conforme a lo dispuesto por los artículos 50 al 53 del Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Responsable del Tratamiento
El Despacho / Abogado
La persona física o moral que contrata los servicios de AITIA Directo y que determina los fines y medios del tratamiento de datos personales.
Encargado del Tratamiento
AITIA Directo
Plataforma tecnológica que trata los datos personales por cuenta y bajo instrucción del Responsable, sin ejercer control propio sobre dichos datos.
1. Objeto del contrato
El presente contrato regula la relación entre el Responsable y AITIA Directo como Encargado, estableciendo las condiciones obligatorias bajo las cuales AITIA Directo tratará los datos personales a los que tenga acceso con motivo de la prestación de sus servicios de monitoreo y automatización judicial.
2. Naturaleza de la Relación: Remisión de Datos (No Transferencia)
Importante: La comunicación de datos entre el Responsable y AITIA Directo constituye una Remisión de Datos, conforme al artículo 2, fracción IX, y artículo 53 del Reglamento de la LFPDPPP.
AITIA Directo actúa exclusivamente bajo las instrucciones del Responsable y no adquiere titularidad ni derechos propios sobre la información tratada. El Responsable conserva en todo momento el control legal sobre los datos de sus clientes y expedientes.
3. Datos objeto del tratamiento
En el marco de la prestación del servicio, AITIA Directo tendrá acceso tecnológico a:
- •Números de expediente judicial, acuerdos, resoluciones, notificaciones y datos personales de las partes involucradas (incluyendo posibles datos sensibles).
- •Credenciales de acceso a portales judiciales proporcionadas voluntariamente por el Responsable.
- •Datos de identificación, facturación y contacto del Responsable.
4. Obligaciones del Encargado (AITIA Directo)
AITIA Directo se obliga frente al Responsable a:
- ✓A. Tratar los datos personales únicamente conforme a las instrucciones del Responsable y abstenerse de utilizarlos para finalidades distintas.
- ✓B. Implementar y mantener rigurosas medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas (incluyendo cifrado AES-256 y procesamiento en servidor local) para proteger los datos contra daño, pérdida o acceso no autorizado.
- ✓C. Guardar estricta confidencialidad respecto de los datos personales tratados, obligación que subsistirá aun después de finalizar su relación con el Responsable.
- ✓D. Informar de forma inmediata al Responsable ante cualquier vulneración de seguridad ocurrida en cualquier fase del tratamiento que afecte los derechos de los titulares.
- ✓E. Abstenerse de transferir los datos personales a terceros, salvo que derive de una subcontratación de infraestructura tecnológica autorizada por el Responsable o por requerimiento de autoridad competente.
5. Reglas Estrictas sobre Cómputo en la Nube
AITIA Directo garantiza que los proveedores de infraestructura de nube (Cloud Computing) que alojen bases de datos o credenciales cumplen con las disposiciones del Reglamento de la LFPDPPP.
El proveedor de nube utilizado por AITIA Directo se obliga a:
- ✓a) No asumir la titularidad ni propiedad de la información sobre la que presta el servicio.
- ✓b) Garantizar la supresión de los datos una vez concluido el servicio.
- ✓c) Impedir el acceso a los datos a personas sin privilegios y, si hay una solicitud de una autoridad para acceder a los servidores, informar de inmediato para notificar al Responsable.
6. Obligaciones del Responsable (El Despacho)
El Responsable asume frente a AITIA Directo las siguientes obligaciones:
- ✓A. Garantizar que cuenta con el consentimiento de sus clientes (titulares) y la legitimación legal necesaria para procesar los expedientes en la plataforma.
- ✓B. Asumir la total responsabilidad frente a las autoridades judiciales por la vinculación y entrega de sus credenciales personales de acceso a los sistemas de AITIA Directo.
- ✓C. Mantener actualizados sus datos de contacto para recibir notificaciones de seguridad e informar cualquier cambio en las instrucciones de tratamiento.
Cláusula Penal (Penas Convencionales): En caso de que el Responsable revenda el servicio, comparta su cuenta, o utilice la plataforma para fines ilícitos o para vulnerar los candados de los portales gubernamentales, se hará acreedor a una pena convencional por la cantidad de $500,000.00 MXN (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.), o el equivalente a 10 años de suscripción, exigible de manera inmediata sin necesidad de acreditar daños y perjuicios, conforme a la legislación civil aplicable.
7. Derechos ARCO de Terceros (Litigantes en los Expedientes)
Dado que AITIA Directo opera exclusivamente como Encargado tecnológico, no está facultado para resolver solicitudes de Derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición) provenientes de las partes involucradas en los juicios. En caso de recibir una solicitud directa de un tercero cuyo nombre aparezca en un expediente, AITIA Directo la canalizará de inmediato al Responsable para que éste, en cumplimiento de sus obligaciones legales, le dé el trámite correspondiente.
8. Terminación, Periodo de Bloqueo y Supresión
Al término de la relación comercial o cancelación de la suscripción, los datos personales, PDFs y credenciales darán lugar a un Periodo de Bloqueo. Durante este tiempo (equivalente al plazo de prescripción legal de las acciones derivadas del contrato), AITIA Directo conservará los datos de manera inactiva exclusivamente para determinar posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Una vez transcurrido este plazo, se procederá a la Supresión definitiva y segura de los datos.
9. Consentimiento y Aceptación por Medios Electrónicos
Al marcar la casilla de aceptación durante el registro, el Responsable manifiesta su consentimiento expreso e inequívoco con los términos del presente Contrato, el cual tendrá plena validez legal y eficacia probatoria mediante la utilización de medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en los artículos 1803 y 1834 Bis del Código Civil Federal.
Registro Trazable de Aceptación: El Código Civil Federal establece que los contratos celebrados por medios electrónicos son válidos siempre que la información sea atribuible a las personas obligadas y accesible para su ulterior consulta. Por ello, al aceptar este acuerdo, el sistema genera un registro inalterable que documenta: la dirección IP de origen, la fecha y hora exactas (Timestamp), el correo electrónico del Responsable, y la versión exacta de los textos legales vigentes en el momento de la aceptación.